Purificación Castro Extremera, enfermera especialista en Enfermería Pediátrica

Purificación Castro Extremera figura entre las aspirantes admitidas a la prueba objetiva para acceder al título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica. La prueba estaba destinada a evaluar los conocimientos, las habilidades y las actitudes necesarios para el adecuado ejercicio profesional de esta especialidad.

El procedimiento se desarrolló dentro del marco establecido por el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería, y por la Resolución de 17 de julio de 2009, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de julio de 2009.

Acceso a la especialidad de Enfermería Pediátrica

El Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería, establece en el apartado sexto de su Disposición Transitoria Segunda que le corresponde al Secretario General de Universidades del Ministerio de Educación la aprobación, mediante una resolución, de las bases de la convocatoria de la prueba objetiva contemplada en la misma, dirigida a evaluar la competencia de los aspirantes en sus ámbitos de conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el adecuado ejercicio de la especialidad de que se trate.

En cumplimiento de la citada disposición, el 29 de julio de 2009 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 17 de julio de 2009, de la Secretaría General de Universidades por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva, que prevé el contenido de las pruebas correspondientes a todas las especialidades de Enfermería determinadas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, la composición de la comisión evaluadora, el sistema de evaluación y los aspectos necesarios para su adecuada organización.

El apartado 4 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005 establece que el plazo de presentación de solicitudes finalizará, para cada especialidad, a los seis meses de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de la prueba anual de carácter estatal en la que, por primera vez, se oferten plazas de formación en la especialidad correspondiente.

El 22 de septiembre de 2010 tuvo lugar la primera oferta de plazas de formación en la especialidad de Enfermería Pediátrica. Por este motivo, el plazo de presentación de solicitudes para acceder al título de especialista en Enfermería Pediátrica se fijó hasta el 22 de marzo de 2011.

El apartado 5 de la precitada disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005 establece que la Dirección General de Política Universitaria, a propuesta de la Comisión Mixta, dictará una resolución en la que declare la admisión o exclusión de los interesados a la prueba objetiva, desde que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

La prueba objetiva se dirigirá a evaluar la competencia de sus aspirantes en sus ámbitos de conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el adecuado ejercicio de la especialidad de Enfermería Pediátrica.

Admisión de Purificación Castro Extremera

Por todo ello, en cumplimiento de lo previsto en las disposiciones anteriores, previo informe de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Esta Dirección General resuelve:

Aspirantes admitidos y excluidos

Primero. Aspirantes admitidos y excluidos provisionalmente a la realización de la prueba objetiva para acceder al título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica.

Los aspirantes admitidos a la referida prueba para la obtención del Título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica, son los que figuran en la relación provisional de la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, cuya dirección de enlace directo es la siguiente:

Los aspirantes excluidos a la referida prueba para la obtención del Título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica, son los que figuran en la relación provisional del Anexo I de esta resolución y en la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, cuya dirección de enlace directo es la siguiente:

En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos.

Purificación Castro Extremera aparece relacionada entre las personas admitidas a la prueba objetiva de acceso al título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica.

Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en las de excluidos, disponen de un plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente resolución para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos.

Los interesados podrán dirigir sus alegaciones a través de la dirección de correo electrónico: , con independencia de la presentación de las mismas a través de los mecanismos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La vía electrónica no exime de la obligatoriedad de presentar las alegaciones en un Registro Oficial.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En caso de producirse modificaciones en la relación de admitidos y excluidos, éstas figurarán en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la prueba que será publicada en la dirección electrónica:

La relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos será publicada en el Boletín Oficial del Estado mediante su correspondiente resolución por la Dirección General de Política Universitaria.

Convocatoria y calendario de la prueba

Segundo. Convocatoria y calendario de las pruebas.

Los aspirantes admitidos a la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica, dispondrán para realizar dicha prueba, de un máximo de dos convocatorias.

ConvocatoriaFecha
Primera fechaSábado, 24 de octubre de 2015
Segunda fechaDomingo, 25 de octubre de 2015
Convocatoria comúnDomingo, 22 de noviembre de 2015

Fechas de celebración de la prueba:

  • Sábado, 24 de octubre de 2015
  • Domingo, 25 de octubre de 2015
  • Domingo, 22 de noviembre de 2015

Convocatoria de los aspirantes, con señalamiento del día para efectuar la prueba:

Los aspirantes cuyo primer apellido esté comprendido desde ABAD ALBERCA hasta LLOPART VIDAL inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el sábado 24 de octubre de 2015.

Los aspirantes cuyo primer apellido esté comprendido desde LLOPIS CLIMENT hasta ZURUTUZA ZURUTUZA inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el domingo 25 de octubre de 2015.

Los aspirantes que no se presenten en la fecha asignada para el primer examen o que no hayan superado la prueba, podrán acceder en la tercera fecha de convocatoria, que será común para todos.

Lugar, horario y duración del examen

Lugar de celebración de la prueba: La prueba se celebrará en la Universidad Complutense de Madrid en:

  • Facultad de Ciencias de la Información.
  • Facultad de Medicina.
  • Facultad de Farmacia.
  • Facultad de Odontología.

Hora de llamamiento y duración de la prueba:

A partir de las nueve horas, treinta minutos (09:30 h), del día señalado para la celebración del ejercicio, las mesas llamarán e identificarán a los aspirantes convocados ante ellas, para que ocupen los lugares que se les asignen en el aula de examen.

Terminado el llamamiento, las mesas se declararán definitivamente constituidas a partir de las diez horas.

Desde el momento que se constituyan las mesas, no se puede incorporar ningún candidato a la realización de la prueba.

La prueba tendrá una duración ininterrumpida de tres horas.

ElementoInformación
Hora de llamamiento09:30 h
Constitución definitiva de las mesasDiez horas
Duración totalTres horas

Dirección de las sedes

Dirección de la Universidad Complutense de Madrid:

Campus Universitario de Moncloa. 28040 Madrid.

  • Facultad de Ciencias de la Información: Avda. Complutense, s/n. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.
  • Medicina: Pza. Ramón y Cajal. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.
  • Farmacia: Pza. Ramón y Cajal s/n. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.
  • Odontología: Pza. Ramón y Cajal, s/n. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.
Universidad Complutense campus Moncloa Madrid

Comisión evaluadora

Tercero. Comisión evaluadora de la prueba objetiva.

La Comisión Evaluadora titular y suplente de la prueba objetiva de Enfermería Pediátrica, estará integrada conforme a lo dispuesto en la resolución de 17 de julio de 2009, por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería.

Comisión evaluadora titular

  • Presidenta: D.ª Margarita de Lezcano-Mújica, Subdirectora General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Vocales: D.ª Mercedes del Olmo Fontecha, Jefa de Sección de la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
  • D.ª Encarnación Muñoz Mata, Vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Pediátrica.
  • D.ª Yolanda Núñez Gelado, Vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Pediátrica.
  • Secretaria: D.ª Cristina Cuevas Santos, Jefa de Servicio de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación Cultura y Deporte.

Comisión evaluadora suplente

  • Presidente: D. Juan Carlos Parodi Román, Jefe de Servicio de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Vocales: D.ª Pilar Pasarón Polo, Jefa de Servicio de la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
  • D.ª Mercedes Gómez Ruiz, Presidenta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Pediátrica.
  • D.ª María Padró Hernández, Vicepresidenta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería Pediátrica.
  • Secretaria: D.ª Pilar Jiménez Rosado, Jefa de Servicio de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Para el desarrollo de sus funciones en relación con la referida prueba, la Comisión Evaluadora estará asistida en las tareas administrativas por personal de la Dirección General de Política Universitaria.

La actuación de la Comisión Evaluadora titular y suplente de la prueba objetiva de Enfermería Pediátrica se adecuará en lo no previsto en el Real Decreto 450/2005, sobre especialidades de Enfermería y en la resolución de 17 de julio de 2009, a las previsiones contenidas en el Capítulo II, del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contenido y estructura de la prueba

Cuarto. Contenido y estructura de la prueba objetiva.

Las preguntas versarán sobre las bases científicas y tecnológicas necesarias para la práctica actualizada de la especialidad de Enfermería Pediátrica, estando recogidas en el programa formativo vigente de la mencionada especialidad, que se publica como Anexo II a esta Resolución.

La prueba objetiva será escrita y constará de dos partes, que se realizará de forma ininterrumpida en el mismo día:

Primera parte: cuestionario tipo test

a) La primera parte de la prueba, consistirá en un cuestionario de 100 preguntas de tipo test, más 10 de reserva, de respuestas múltiples, de las que sólo una de ellas será válida.

Dicha parte tendrá una duración de 2 horas.

El cuestionario de preguntas se estructurará con el grado de discriminación y dificultad que se corresponda con el buen hacer profesional de un Enfermero Especialista de Enfermería Pediátrica en su práctica habitual, de acuerdo con el correspondiente programa formativo.

En la calificación de esta parte, se valorará con 1 punto cada respuesta correcta, se restará 0,35 puntos por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas.

El cuestionario de preguntas se valorará sobre una escala de 0 a 100 puntos.

AspectoValor
Preguntas principales100
Preguntas de reserva10
Respuesta correcta1 punto
Respuesta incorrectaSe restará 0,35 puntos
Pregunta no respondidaSin puntuación
Duración2 horas
Escala0 a 100 puntos

Segunda parte: casos clínicos

b) La segunda parte de la prueba, consistirá en el análisis de 5 casos clínicos referidos a la especialidad, que abarquen distintas situaciones clínicas que incluyan aspectos fundamentales del ejercicio profesional de la misma.

Cada caso irá seguido de 5 preguntas, para cada una de las cuales se propondrán varias respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta.

Dicha parte de la prueba tendrá una duración de 1 hora.

El contenido de esta parte habrá de permitir la comprobación de que los aspirantes están capacitados para dar respuesta a los problemas de enfermería que se presentan en el ámbito específico de la especialidad de Enfermería Pediátrica.

En la calificación de esta parte se valorará con 4 puntos cada respuesta correcta, se restará 1 punto por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas.

Dicha valoración, sobre una escala de 0 a 100 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada caso clínico, a cuyos efectos cada uno de ellos se valorará sobre una escala de 0 a 20 puntos.

AspectoValor
Casos clínicos5
Preguntas por caso5
Respuesta correcta4 puntos
Respuesta incorrectaSe restará 1 punto
Pregunta no respondidaSin puntuación
Duración1 hora
Escala0 a 100 puntos

Para la elaboración de dichos ejercicios de respuesta múltiple, se tendrá en cuenta que los enunciados de los cuestionarios y las respuestas correctas estén redactados de forma clara y concisa, de tal forma que el aspirante pueda conocer con exactitud el objeto de las preguntas.

Asimismo, todas las cuestiones y problemas que se planteen en estas pruebas deberán tener una única respuesta válida, fiable y practicable en el contexto profesional de que se trate.

Evaluación y calificación final

Quinto. Evaluación y calificación final de los aspirantes por la Comisión Evaluadora.

Una vez celebrada la prueba, en un plazo de cinco días, se harán públicas las plantillas provisionales de las respuestas consideradas correctas por la Comisión Evaluadora, mediante la exhibición de las mismas en las sedes de la Secretaría General de Universidades y de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones, situada en Madrid en el edificio de la Calle de Torrelaguna 58, 28027 Madrid, procediendo, además, a su publicación en la siguiente dirección electrónica:

En un plazo de tres días naturales a contar desde la publicación de las plantillas provisionales a la que se ha hecho referencia, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las preguntas y de las correspondientes respuestas correctas en las correspondientes Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno o en el Registro General del Ministerio Educación, Cultura y Deporte situado en la Calle Los Madrazo número 15. 28071 Madrid.

Estas reclamaciones serán resueltas por la Comisión Evaluadora, que las estimará o rechazará, anulando o sustituyendo la respuesta, que en su caso considere necesaria y determinando las de reserva que sustituyan a las anuladas si las hubiere, al tiempo que ratificará las que considere correctas a cuyo tenor se evaluará la prueba.

La evaluación de la prueba objetiva del aspirante, sobre una escala de 0 a 200 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada una de las dos partes que la componen.

La calificación final de cada aspirante será de «apto» o «no apto».

Para ser considerado «apto», la puntuación mínima que el aspirante deberá tener es la de 40 puntos en cada una de las partes, siendo necesario obtener al menos 100 puntos en la suma de ambas; en caso contrario, será considerado «no apto».

RequisitoPuntuación mínima
Primera parte40 puntos
Segunda parte40 puntos
Suma de ambas partes100 puntos
Calificación final«apto» o «no apto»

La Comisión Evaluadora levantará acta de evaluación en la que constará la puntuación obtenida por cada aspirante y su evaluación como apto o no apto y elevará la propuesta a la Dirección General de Política Universitaria para la concesión del título a los aspirantes que hayan resultado evaluados como aptos y para su denegación a quienes hayan resultado con evaluación de no apto.

Sexto. Celebración de la prueba.

La documentación disponible identifica a Purificación Castro Extremera como aspirante admitida al procedimiento de evaluación para obtener el título de Enfermero Especialista en Enfermería Pediátrica, pero no aporta en este texto la calificación final individual ni confirma el resultado definitivo de la prueba.

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