En España, la obligación general de llevar mascarilla en espacios interiores terminó el 20 de abril de 2022, fecha en la que el Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor. Desde ese momento, dejó de ser obligatoria en la mayoría de los lugares cerrados, aunque se mantuvo en centros sanitarios, centros sociosanitarios y determinados medios de transporte.
La medida se adoptó por el contexto epidemiológico favorable, la elevada cobertura vacunal y la evolución positiva de los indicadores. El 92% de la población -39 millones de personas- tenía la pauta completa, la enfermedad había descendido y la mayor parte del territorio se encontraba en nivel de riesgo bajo.
Cuándo terminó la obligación de usar mascarilla en interiores
El Consejo de Ministros aprobó el fin de la obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores con carácter general a partir del 20 de abril. La ministra de Sanidad, Carolina Darias, argumentó que los altos índices de vacunación frente al COVID-19 y la situación epidemiológica en España habían permitido adoptar esta medida.
La hoja de ruta estableció que el Consejo de Ministros abordaría la nueva norma el 19 de abril, que el Real Decreto se publicaría en el BOE el 20 de abril y que entraría en vigor el mismo día de su publicación. Durante la Semana Santa se mantuvo la obligatoriedad.
El Consejo de Ministros aprobó este martes el fin de la imposición de las mascarillas en la mayoría de los interiores. Lo hizo 699 días después de que se publicase en el Boletín Oficial del Estado la primera orden que obligaba a usar esta protección, el 20 de mayo de 2020, durante el primer estado de alarma.
| Fecha | Acontecimiento |
|---|---|
| 4 de mayo de 2020 | La mascarilla comenzó a ser obligatoria en el transporte público. |
| 20 de mayo de 2020 | Se extendió la obligación a espacios cerrados de uso público y a espacios al aire libre cuando no pudiera mantenerse la distancia de seguridad. |
| Marzo de 2021 | La mascarilla pasó a ser obligatoria incluso manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros y al aire libre. |
| Febrero de 2022 | Dejó de ser obligatoria nuevamente en exteriores. |
| 20 de abril de 2022 | Terminó la obligación general de usar mascarilla en espacios interiores. |
| Febrero de 2023 | La mascarilla dejó de ser obligatoria en el transporte público. |
| 4 de julio de 2023 | Terminó la obligación de llevar mascarilla en los centros sanitarios. |

Por qué se eliminó la mascarilla en espacios cerrados
La flexibilización del uso de las mascarillas fue posible porque España se encontraba en un contexto epidemiológico favorable. La pandemia evolucionaba de manera positiva, los indicadores se mantenían estables con tendencia a la baja y la cobertura vacunal era muy elevada.
La ministra de Sanidad destacó que “este era el momento” para eliminar las mascarillas en interiores por razones epidemiológicas y por la elevadísima cobertura vacunal. La decisión se tomó con gradualidad, proporcionalidad y asesoramiento técnico.
La medida respondió también a la propuesta casi unánime de los integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, reunido en Toledo el 6 de abril. La decisión se basó en el informe elaborado por las personas expertas de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta.
El Gobierno señaló que la norma se aprobaba en una nueva fase de la pandemia, en la que ya solo se contabilizaban los casos graves y los producidos en entornos vulnerables, mientras que las personas con síntomas leves o sin síntomas no debían aislarse.
Dónde dejó de ser obligatoria la mascarilla
Desde el 20 de abril de 2022, la mascarilla dejó de ser obligatoria con carácter general en los espacios interiores. La eliminación afectó a los centros educativos, los lugares de trabajo, los comercios, los establecimientos de ocio, los espacios culturales, los bares y los restaurantes, entre otros.
- Centros educativos y aulas.
- Centros comerciales, supermercados y pequeño comercio.
- Cines, teatros, salas de conciertos y museos.
- Bares, restaurantes y locales de ocio nocturno.
- Oficinas y centros de trabajo, con carácter general.
- Reuniones familiares, reuniones de amigos y celebraciones privadas.
- Eventos deportivos multitudinarios, tanto en interiores como en exteriores.
En los eventos multitudinarios, como competiciones deportivas o conciertos celebrados tanto en interiores como en exteriores, no era obligatorio llevar mascarilla. Tampoco era obligatoria en partidos de fútbol o baloncesto, ya fueran a cubierto o al aire libre.
Respecto a la continuidad de las limitaciones de aforo, la competencia correspondía a las comunidades autónomas.
Excepciones: dónde seguía siendo obligatoria
El fin de la mascarilla en interiores no fue una eliminación generalizada. La protección siguió siendo obligatoria en aquellos espacios en los que podía haber personas especialmente vulnerables.
Centros sanitarios
La mascarilla siguió siendo obligatoria para trabajadores y visitantes de centros, servicios y establecimientos sanitarios. La obligación incluía hospitales, centros de salud, consultas médicas, clínicas dentales, centros de transfusión, bancos de tejidos, centros de salud mental, farmacias y ortopedias.
También se incluían los centros de interrupción del embarazo, los centros de fertilidad, los centros de fisioterapia y otros establecimientos sanitarios recogidos en el Real Decreto 1277/2003.
Las personas ingresadas podían quitársela cuando permanecieran en sus habitaciones, pero debían utilizarla al compartir espacios comunes fuera de ellas.
Centros sociosanitarios y residencias
La obligación se mantuvo en los centros sociosanitarios y en las residencias de mayores para los trabajadores y los visitantes, especialmente en las zonas compartidas.
La mascarilla no era obligatoria para las personas residentes. Esta diferencia respondía a que la norma establecía la obligación para trabajadores y visitantes, pero no para quienes vivían en el centro.
Transporte
La mascarilla siguió siendo obligatoria en los medios de transporte aéreo, por ferrocarril, en los autobuses y en otros transportes públicos de viajeros.
La obligación también alcanzaba a los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando los ocupantes de los vehículos de turismo no convivían en el mismo domicilio.
En los barcos y embarcaciones, la mascarilla era obligatoria en los espacios cerrados cuando no podía mantenerse una distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo entre grupos de convivientes.
En el acceso a las estaciones y en los andenes, la mascarilla no era obligatoria según la nueva regulación general, aunque la normativa anterior había incluido estos espacios entre los lugares de uso obligatorio. La regulación definitiva delimitó la obligación principalmente al interior de los medios de transporte.
| Ámbito | Situación desde el 20 de abril de 2022 |
|---|---|
| Hospitales y centros de salud | Obligatoria para trabajadores y visitantes. |
| Personas ingresadas | No obligatoria en la habitación; obligatoria en espacios comunes compartidos. |
| Residencias y centros sociosanitarios | Obligatoria para trabajadores y visitantes; no obligatoria para residentes. |
| Aviones, trenes y autobuses | Obligatoria. |
| Barcos | Obligatoria en espacios cerrados cuando no pudiera mantenerse una distancia de 1,5 metros. |
| Colegios y aulas | No obligatoria. |
| Centros de trabajo | No obligatoria con carácter general, salvo decisión preventiva basada en la evaluación del riesgo. |
| Comercios y establecimientos de ocio | No obligatoria; se recomendaba un uso responsable. |
| Eventos multitudinarios | No obligatoria, tanto en interiores como en exteriores. |
Uso de la mascarilla en los centros educativos
La mascarilla dejó de ser obligatoria en el ámbito escolar. Carolina Darias aclaró que no sería obligatoria para los alumnos ni para el personal educativo con carácter general.
La ministra afirmó que, si había un ámbito en el que la medida estaba especialmente clara, era el escolar y educativo. La eliminación de la obligación fue recibida por sindicatos docentes, estudiantes, centros y familias como un paso más hacia la normalidad, aunque también pidieron prudencia y vigilancia.
La Ponencia de Alertas aconsejó el uso responsable de la mascarilla entre profesores y alumnos con algún factor de vulnerabilidad. Esta recomendación se aplicaba especialmente cuando no pudiera mantenerse una distancia interpersonal de 1,5 metros.
La ministra de Sanidad aseguró que había una práctica unanimidad entre las comunidades autónomas para eliminar las mascarillas en las aulas a partir del 20 de abril.
Mascarilla en el trabajo: decisión de los servicios de prevención
En el entorno laboral, la mascarilla dejó de ser obligatoria con carácter general. Sin embargo, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la evaluación del riesgo del puesto de trabajo, podían establecer las medidas preventivas adecuadas que estimaran convenientes, incluido el uso de mascarilla.
Los servicios de prevención de riesgos laborales de cada empresa debían valorar la necesidad de utilizarla según las características del puesto y las condiciones del espacio. Las empresas solo podían imponerla mediante una evaluación de riesgos laborales.
La Ponencia de Alertas aconsejó llevar mascarilla cuando el trabajo tuviera que realizarse a una distancia interpersonal inferior a 1,5 metros y no pudiera garantizarse una ventilación adecuada del espacio.
La recomendación no convertía automáticamente el uso de la mascarilla en una obligación general para todas las empresas. La decisión debía estar relacionada con la evaluación del puesto de trabajo y con las medidas preventivas aplicables.
Cuándo se recomendaba seguir utilizando mascarilla
El Gobierno apeló a un uso responsable de la mascarilla, aunque las recomendaciones no formaban parte de la obligación general establecida en el Real Decreto.
La ministra de Sanidad recomendó su uso a la población vulnerable, incluidos los mayores de 60 años, las personas inmunodeprimidas, las personas con enfermedades de riesgo y las mujeres embarazadas.
También aconsejó utilizarla a profesores o alumnos con algún factor de vulnerabilidad, especialmente en situaciones de contacto prolongado con personas a menos de 1,5 metros de distancia.
- Personas mayores de 60 años.
- Personas inmunodeprimidas.
- Personas con enfermedades de riesgo.
- Mujeres embarazadas.
- Profesores con factores de vulnerabilidad.
- Alumnos con factores de vulnerabilidad.
- Personas que participen en aglomeraciones.
- Personas que asistan a eventos multitudinarios.
- Personas que participen en celebraciones familiares o privadas junto a personas vulnerables.
Comercios y espacios de tránsito
Se recomendaba el uso de mascarilla en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitaban, como centros comerciales, supermercados y pequeños comercios.
Cines, teatros y museos
También se aconsejaba utilizarla en espacios cerrados donde las personas permanecían durante un tiempo sin comer ni beber, como cines, teatros, salas de conciertos y museos.
Bares, restaurantes y ocio nocturno
La recomendación se extendía a los espacios cerrados en los que las personas permanecían durante un tiempo comiendo y bebiendo, como bares, restaurantes y locales de ocio nocturno.
Reuniones y celebraciones
La Ponencia de Alertas recomendaba usar mascarilla en el entorno familiar, en reuniones de amigos y en celebraciones privadas, especialmente cuando asistiera alguna persona vulnerable.
Aglomeraciones y eventos multitudinarios
El uso responsable se aconsejaba en eventos multitudinarios, aglomeraciones y situaciones con gran afluencia de personas. El Consejo General de Enfermería pidió valorar especialmente los acontecimientos masivos y los ámbitos en los que hubiera personas vulnerables.

Distancia, ventilación y vulnerabilidad
Las recomendaciones se centraban en tres factores principales: la vulnerabilidad de las personas presentes, la distancia interpersonal y la ventilación del espacio.
En el ámbito laboral, se aconsejaba utilizar mascarilla cuando la distancia interpersonal fuera inferior a 1,5 metros y no pudiera garantizarse una ventilación adecuada. Para la población vulnerable, se recomendaba en cualquier situación de contacto prolongado con personas a una distancia menor de 1,5 metros.
La Plataforma de Organizaciones de Pacientes consideró prudente el fin del uso obligatorio de las mascarillas en interiores, pero reclamó medidas o recomendaciones específicas en los ámbitos laboral y educativo para las personas inmunodeprimidas, los mayores de 60 años y las mujeres embarazadas.
La organización subrayó la importancia de permanecer en lugares bien ventilados, mantener la vacunación y disponer de acceso precoz a pruebas diagnósticas para evitar complicaciones.
Eventos deportivos, conciertos y aglomeraciones
La mascarilla dejó de ser obligatoria en los eventos multitudinarios, tanto en interiores como en exteriores. La medida incluía competiciones deportivas, conciertos y partidos de fútbol o baloncesto.
La ministra de Sanidad recomendó, no obstante, un uso responsable en este tipo de eventos deportivos masivos. La recomendación respondía a la concentración de personas y a las dificultades para mantener distancia y ventilación adecuadas en determinados espacios.
El Consejo General de Enfermería pidió a la ciudadanía prudencia y responsabilidad, y solicitó a las autoridades que siguieran de cerca los datos de evolución para detectar cambios de tendencia y establecer medidas si fuera necesario.
Qué ocurrió con las aerolíneas
La regulación española mantenía la obligación de utilizar mascarilla en el transporte aéreo. Sin embargo, algunas compañías manifestaron que en sus vuelos comerciales no era obligatoria conforme a las normas aplicables a determinados destinos.
Entre las compañías que habían comunicado cambios figuraban EasyJet, Jet2, British Airways -solo si el país de destino así lo contemplaba-, TUI y Virgin Atlantic, entre otras.
La diferencia entre las políticas de las aerolíneas y la regulación general dependía de la norma aplicable al vuelo, del país de destino y de la redacción definitiva de la regulación española.
Debate previo a la retirada
La eliminación de la obligación fue precedida por un debate político, sanitario y social. El pleno del Congreso de los Diputados aprobó una moción de Ciudadanos que pedía al Gobierno eliminar el uso de la mascarilla en interiores.
La moción salió adelante con 184 votos a favor, 91 en contra y 57 abstenciones. Contó con el voto favorable del PSOE y Vox, la abstención de grupos como Unidas Podemos y el voto contrario de PP, PNV y Coalición Canaria.
El texto instaba al Gobierno de coalición a eliminar la obligatoriedad de las mascarillas en interiores “en línea con la evidencia científica, con la situación epidemiológica y con la perspectiva comparada”.
También se planteó adelantar la retirada antes de Semana Santa. Un documento del director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, propuso como posibles fechas el 12 o el 13 de abril.
Los expertos pusieron objeciones a adelantar la retirada y señalaron la ambigüedad del texto. La Ponencia de Alertas debía estudiar la propuesta y decidir la fecha concreta.
La ministra de Sanidad había afirmado que la decisión se tomaría cuando fuera adecuada y oportuna. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aseguró que el Ministerio de Sanidad retiraría la obligación “al segundo siguiente” de que los profesionales sanitarios lo recomendaran.
Reacciones a la decisión
La Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria consideró acertada la retirada de las mascarillas en interiores el 20 de abril. Su coordinador del Grupo COVID-19 señaló que también debía tenerse en cuenta la fatiga y el cansancio de la población.
La sociedad científica pidió seguir vigilantes y consideró que las autoridades sanitarias habían valorado los beneficios y los riesgos de la medida.
El Consejo General de Enfermería apeló a la prudencia y a la responsabilidad ciudadana. También pidió evaluar las situaciones de mayor riesgo, como los eventos multitudinarios, los espacios con personas vulnerables y los lugares con gran afluencia.
El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, calificó de prudente y consecuente la decisión. Señaló que cada persona podía seguir utilizando la mascarilla porque existía un margen de voluntariedad y respeto individual.
El consejero de Salud y Familias de Andalucía consideró precipitado retirar la obligatoriedad en interiores y recomendó seguir utilizándola. A su juicio, la medida podía disminuir la percepción del riesgo y banalizar la situación mientras la pandemia continuaba presente.
Galicia expresó su satisfacción con el cronograma decidido para terminar con el uso obligatorio general, aunque reclamó ser estricta en los ámbitos en los que la mascarilla siguiera siendo obligatoria.
La evolución posterior de las restricciones
El fin de la obligación en interiores no fue el último cambio normativo relacionado con las mascarillas. En febrero de 2023 dejaron de ser obligatorias en el transporte público.
El 5 de mayo de 2023, la Organización Mundial de la Salud declaró el fin de la emergencia internacional por la COVID-19. Posteriormente, el 23 de junio, el Consejo Interterritorial dio luz verde a la retirada de la mascarilla en los centros sanitarios.
La retirada efectiva de las mascarillas en estos centros terminó el 4 de julio de 2023, más de tres años después del inicio de la pandemia.
El ministro de Sanidad, José Miñones, afirmó que el coronavirus había sido controlado y que España ya no se encontraba en una situación de crisis sanitaria. También consideró altamente recomendable mantener el uso de la mascarilla y las medidas de higiene aprendidas durante la crisis.
La decisión de retirar la mascarilla en los centros sanitarios puso fin a las medidas extraordinarias que todavía permanecían vigentes. El ministro recordó a las víctimas de la pandemia y agradeció el trabajo de los profesionales sanitarios y de otros agentes implicados.
Las MASCARILLAS obligatorias en ESPAÑA debido al CORONAVIRUS
Una retirada gradual y condicionada
La eliminación de la mascarilla en interiores se planteó como una medida gradual, proporcional y vinculada a la evolución epidemiológica. El Gobierno señaló que seguiría preparado para responder a amenazas presentes y futuras.
La decisión no impedía que las personas continuaran utilizándola de forma voluntaria. La recomendación seguía siendo especialmente relevante para quienes tuvieran mayor riesgo de enfermedad grave, para quienes permanecieran en espacios pequeños o mal ventilados y para quienes participaran en aglomeraciones.
El Consejo General de Enfermería reclamó seguir de cerca la evolución de la pandemia para detectar aumentos de casos o cambios de tendencia y poder establecer nuevas medidas si fuera necesario.
La situación posterior confirmó que la retirada de la obligación se produjo por fases: primero en la mayoría de los espacios interiores, después en el transporte público y finalmente en los centros sanitarios.
tags: #final #de #la #mascarilla #en #interiores
Publicaciones populares:
- Guía para limpiar filtros de campana extractora con Coca-Cola
- Seat Cordoba: manguitos del filtro de aire y toma de vacío del carburador
- Cuándo conviene un ablandador de agua para casa
- Cómo escoger una opción de maquillaje de carnaval con mariposa
- Actualización de la depuradora de aguas residuales en Medina del Campo
