Un certificado de cloración de agua potable debe dejar constancia de la desinfección realizada, identificar el sistema o punto de suministro, registrar la fecha y hora del control, indicar el producto y la dosis utilizados, y documentar el resultado del cloro residual y las medidas adoptadas cuando exista una incidencia. El documento debe integrarse en el control sanitario del agua desde la captación hasta la entrega al usuario.
La cloración es uno de los métodos más efectivos y accesibles para combatir microorganismos peligrosos y reducir las enfermedades de origen hídrico. Sin embargo, la correcta aplicación del cloro y el mantenimiento de niveles adecuados de desinfección pueden presentar dificultades, especialmente en comunidades rurales alejadas.
Finalidad del certificado de cloración
El certificado sirve para demostrar que se ha realizado una operación de desinfección y que sus resultados han sido comprobados. También permite mantener un registro ordenado de las actuaciones realizadas por los operadores de sistemas de abastecimiento de agua y por las autoridades locales o comunitarias que supervisan los servicios.
El control del agua de consumo humano debe garantizar su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas. Se debe garantizar que el uso de los distintos procesos del tratamiento de potabilización del agua, así como las sustancias químicas y medios filtrantes utilizados, sean efectivos, seguros y manipulados adecuadamente para evitar efectos adversos en la salud del usuario.
En caso de incumplimiento de los valores paramétricos u otras incidencias, el operador debe investigar inmediatamente la causa y garantizar que se tomen las medidas correctoras necesarias lo antes posible para restablecer la calidad del agua. En los casos en que el suministro de agua constituya un peligro potencial para la salud, el suministro debe prohibirse o restringirse su uso.
Elementos que debe contener el certificado
El modelo puede adaptarse a las características de cada sistema de abastecimiento, pero debe recoger información suficiente para identificar qué se hizo, cuándo se hizo, quién lo hizo y cuál fue el resultado del control.
| Sección | Información que debe registrarse |
|---|---|
| Identificación | Nombre del sistema, zona de abastecimiento, localidad y punto de control. |
| Responsable | Nombre de la persona que realiza la cloración y de quien verifica el resultado. |
| Fecha y hora | Momento de la dosificación, del muestreo y de la lectura. |
| Producto utilizado | Tipo de sustancia química empleada y concentración indicada en el producto. |
| Dosificación | Cantidad aplicada, volumen de agua tratado y procedimiento empleado. |
| Control | Punto de toma de muestra, método de medición y resultado del cloro residual. |
| Incidencias | Desviaciones observadas, causas investigadas y medidas correctoras. |
| Validación | Firma o identificación del operador y de la persona responsable de la supervisión. |
Modelo de certificado
El siguiente formato puede utilizarse como base para documentar una operación de cloración de agua potable:
| CERTIFICADO DE CLORACIÓN DE AGUA POTABLE | |
|---|---|
| Nombre del sistema de abastecimiento | |
| Zona de abastecimiento | |
| Localidad y municipio | |
| Fuente o punto de captación | |
| Depósito o instalación tratada | |
| Punto de control o muestreo | |
| Fecha de la cloración | |
| Hora de inicio | |
| Hora de finalización | |
| Volumen de agua tratado | |
| Producto desinfectante utilizado | |
| Concentración del producto | |
| Cantidad de producto aplicada | |
| Método de dosificación | |
| Tiempo de contacto | |
| Método de medición | |
| Cloro residual medido | |
| Aspecto, olor y observaciones del agua | |
| Resultado del control | Apto / No apto / Requiere verificación |
| Incidencias detectadas | |
| Medidas correctoras adoptadas | |
| Próximo control previsto | |
| Nombre y firma del operador | |
| Nombre y firma del responsable de supervisión | |
Identificación del sistema y del punto de control
El certificado debe indicar con precisión el sistema al que corresponde, la zona de abastecimiento, la localidad, la fuente de agua, el depósito y el punto concreto donde se ha tomado la muestra. Esta identificación es necesaria para relacionar el resultado con una parte determinada del abastecimiento.
El enfoque basado en el riesgo integra tres componentes: la evaluación y gestión del riesgo de las zonas de captación de aguas destinadas a la producción de agua de consumo humano; la evaluación y gestión del riesgo en la zona de abastecimiento, desde la captación hasta la entrega al usuario, lo que se denomina acometida; y, por último, la evaluación y gestión del riesgo de las instalaciones interiores en edificios prioritarios.
Los planes hidrológicos indican para cada demarcación hidrográfica las masas de agua utilizadas para la captación de aguas destinadas a la producción de agua de consumo, contienen un registro de las mismas que debe mantenerse actualizado y adoptan las medidas necesarias para evitar el deterioro de su calidad a fin de reducir el nivel del tratamiento de purificación necesario para la producción de aguas aptas para el consumo.
Registro del producto y de la dosificación
En el certificado deben figurar el producto desinfectante utilizado, su concentración, la cantidad aplicada y el volumen de agua tratado. También debe indicarse el método de dosificación y, cuando proceda, el tiempo de contacto.
La información sobre la dosificación debe ser suficientemente clara para que otra persona responsable pueda comprobar cómo se realizó el tratamiento. El contenido está pensado para ayudar a los operadores a enfrentar los problemas más frecuentes en la desinfección del agua, desde la dosificación correcta del cloro hasta su manipulación y almacenamiento seguro.
La manipulación y el almacenamiento del producto deben realizarse de forma segura. Se debe garantizar que las sustancias químicas y los medios filtrantes utilizados sean efectivos, seguros y manipulados adecuadamente para evitar efectos adversos en la salud del usuario.
Control del cloro residual
El certificado debe diferenciar entre la aplicación del desinfectante y la comprobación posterior del resultado. Por ello, conviene registrar por separado la hora de dosificación, la hora de toma de la muestra, el punto de muestreo, el método de medición y el resultado obtenido.
Los parámetros indicadores resultan importantes a la hora de determinar el funcionamiento de las instalaciones de producción y distribución de agua de consumo y de evaluar la calidad de esta. El resultado del control debe relacionarse con el lugar y el momento en que se tomó la muestra.
El certificado debe incluir un espacio para anotar observaciones sobre el aspecto y el olor del agua, así como cualquier circunstancia que pueda afectar a la interpretación del resultado. Cuando exista una desviación, debe registrarse la investigación de la causa y la medida aplicada para restablecer la calidad del agua.
Incidencias y medidas correctoras
Si el resultado del control no es conforme o se detecta cualquier otra incidencia, el operador debe dejar constancia de la situación en el certificado. En caso de incumplimiento de los valores paramétricos u otras incidencias, el operador debe investigar inmediatamente la causa y garantizar que se tomen las medidas correctoras necesarias lo antes posible para restablecer la calidad del agua.
Las medidas correctoras pueden quedar descritas de forma breve en el registro, indicando la actuación realizada y la fecha de la nueva comprobación. Cuando el suministro de agua constituya un peligro potencial para la salud, el suministro debe prohibirse o restringirse su uso.
El documento debe permitir relacionar cada incidencia con el punto afectado, la persona responsable y la verificación posterior. De esta manera, el certificado no se limita a acreditar que se añadió cloro, sino que documenta el control de la eficacia y la respuesta ante posibles riesgos.
Responsabilidades del operador
Este manual está diseñado para operadores de sistemas comunitarios de abastecimiento de agua y para autoridades locales o comunitarias que supervisan los servicios, así como para otras organizaciones relacionadas con estos servicios. La evaluación y gestión del riesgo en la zona de abastecimiento debería ser aplicada por todos los operadores.
El operador debe conservar la información necesaria para demostrar la continuidad del control y debe utilizar los resultados disponibles de los controles que sean representativos de las zonas de captación obtenidos en el marco de la aplicación de la legislación de aguas.
Al realizar la detección de peligros y eventos peligrosos, se deben utilizar los resultados disponibles de los controles que sean representativos de las zonas de captación. El certificado de cloración puede formar parte de la documentación utilizada para comprobar el funcionamiento del tratamiento y la distribución del agua.
Relación con el control sanitario del agua
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, estableció la obligación de las administraciones públicas sanitarias de orientar sus actuaciones prioritariamente a la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades. La citada ley prevé que las actividades y productos que, directa o indirectamente, puedan tener consecuencias negativas para la salud, sean sometidos por las administraciones públicas a control por parte de éstas y a llevar a cabo actuaciones sanitarias para la mejora de los sistemas de abastecimiento de las aguas.
El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, estableció los criterios sanitarios que debían cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permitieran su suministro desde la captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas.
El Consejo de la Unión Europea aprobó el 16 de diciembre de 2020 una nueva norma, la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, que tiene por objeto proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas de consumo garantizando su salubridad y limpieza, y mejorar el acceso a las aguas de consumo.
Este real decreto tiene una doble finalidad, por una parte, establece el marco jurídico para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación del agua de consumo al garantizar que sea salubre y limpia. Por otra, facilita el acceso a la misma siguiendo lo indicado por Naciones Unidas en el derecho humano al agua y saneamiento en el Reino de España.
Control basado en el riesgo
El enfoque basado en el riesgo que se establece en este real decreto supone una novedad importante al integrar tres componentes: la evaluación y gestión del riesgo de las zonas de captación de aguas destinadas a la producción de agua de consumo humano; la evaluación y gestión del riesgo en la zona de abastecimiento, desde la captación hasta la entrega al usuario, lo que se denomina acometida; y, por último, la evaluación y gestión del riesgo de las instalaciones interiores en edificios prioritarios.
Los valores de los parámetros microbiológicos y químicos se basan en el conocimiento científico disponible y en el principio de precaución garantizando que el agua de consumo se pueda utilizar de forma segura durante toda la vida, lo que garantiza un alto nivel de protección de la salud.
En 2017, la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud realizó una revisión pormenorizada de la lista de parámetros y valores paramétricos establecida en la Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, con el objetivo de determinar si era necesario adaptarla habida cuenta de los avances técnicos y científicos.
De los resultados de la revisión se extrajo que debían controlarse los patógenos intestinales y las bacterias del género Legionella y añadirse seis parámetros químicos. La prevención y control de Legionella se encuentra recogida en el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los criterios sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
Agua, tratamiento y protección de la salud
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, estableció que el Ministerio de Sanidad debería hacer efectiva la coordinación del Estado con las administraciones públicas y los organismos competentes, en el ejercicio de las actuaciones destinadas a la prevención y protección frente a riesgos ambientales para la salud.
El texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, establece en su disposición final cuarta que, a propuesta de los Ministros para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sanidad y Consumo, el Gobierno regulará los requisitos básicos de calidad de las aguas de consumo, incluyendo las medidas de protección de las captaciones, con la finalidad de garantizar la protección de la salud.
La nueva regulación establece los requisitos de calidad del agua utilizada en la industria alimentaria para la fabricación de alimentos, o que entra en contacto con estos o con materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos. Asimismo, contempla posibles exenciones para los operadores de empresas alimentarias que dispongan de su propia fuente de agua y la utilicen para fines específicos de su actividad, siempre que se garantice la seguridad de los procesos y de los alimentos que fabrican, de acuerdo con los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico establecidos en la legislación de seguridad alimentaria.
Aplicación en sistemas rurales y comunitarios
El uso de cloro ha demostrado ser uno de los métodos más efectivos y accesibles para combatir microorganismos peligrosos y reducir las enfermedades de origen hídrico. La aplicación del modelo resulta especialmente útil en sistemas comunitarios donde es necesario documentar cada operación de tratamiento con medios técnicos limitados.
La guía sobre cloración del agua potable busca ser un recurso práctico para garantizar agua segura en contextos donde las condiciones técnicas son limitadas y las fuentes de agua están más expuestas a contaminantes microbiológicos. Su contenido está pensado para ayudar a estos actores a enfrentar los problemas más frecuentes en la desinfección del agua, desde la dosificación correcta del cloro hasta su manipulación y almacenamiento seguro.
A través de explicaciones claras, ejemplos prácticos y casos reales, esta guía orienta en la implementación de buenas prácticas, proporcionando herramientas concretas para asegurar que el agua llegue a las comunidades en condiciones aptas para el consumo humano. Además, incluye recomendaciones específicas para ajustarse a distintos tipos de agua y volúmenes de almacenamiento, haciendo que las soluciones sean realmente aplicables en las distintas realidades de los entornos rurales.
Este documento no solo busca ser un recurso técnico, sino también una herramienta que empodere a las comunidades y a los responsables del servicio de agua a garantizar su calidad de forma continua.
Lista de comprobación antes de firmar
- El sistema de abastecimiento está correctamente identificado.
- El punto de captación, depósito o muestreo aparece claramente indicado.
- La fecha y la hora de la cloración están registradas.
- La fecha y la hora de la toma de muestra están registradas.
- El producto desinfectante y su concentración están identificados.
- La cantidad aplicada y el volumen de agua tratado están anotados.
- El método de dosificación está descrito.
- El resultado del cloro residual está registrado.
- Se han anotado las observaciones sobre el agua y la instalación.
- Las incidencias y medidas correctoras están documentadas.
- Se ha indicado el resultado final del control.
- El operador y el responsable de supervisión han firmado el certificado.
Conservación y uso del registro
El certificado debe conservarse junto con los demás registros del sistema de abastecimiento para facilitar la revisión de las operaciones de tratamiento, la detección de tendencias y la investigación de incidencias. La información debe mantenerse ordenada para poder relacionar los resultados con las captaciones, los depósitos, las redes y los puntos de entrega al usuario.
La documentación periódica ayuda a comprobar el funcionamiento de las instalaciones de producción y distribución de agua de consumo y a evaluar la calidad de esta. También permite demostrar que las operaciones de desinfección se han realizado siguiendo un procedimiento controlado y que los resultados han sido verificados.
La prevención y el control de los riesgos relacionados con el agua requieren una gestión continua. España está comprometida con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y con el Derecho al agua, donde se garantiza el compromiso respetando el principio de subsidiariedad y con el Protocolo de agua y salud de la Oficina Regional para Europa de la OMS, protegiendo la salud de los ciudadanos mediante una mejor gestión del agua y reduciendo las enfermedades relacionadas con el agua.

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